El Bono Agua Potable 2023 está destinado a tres categorías de contribuyentes: las personas físicas fuera del ejercicio de empresa, los sujetos que ejercen actividades empresariales, artísticas y profesionales y las entidades no comerciales, incluidos los ETS (Entidades del Tercer Sector), y las entidades religiosas reconocidas civilmente. Quien haya comprado e instalado sistemas de depuración y filtrado de agua en el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre de 2022 (1 de enero al 31 de diciembre de 2023 en 2024) puede solicitar el bono.
El Bono Agua Potable 2023 prevé límites y máximos de gasto para cada categoría de beneficiarios:
Para solicitar el bono, es necesario comunicar los gastos realizados, documentados por factura electrónica o documento comercial, a la Agencia Tributaria entre el 1 y el 28 de febrero del año siguiente a aquel en que se hayan realizado los gastos para la instalación de sistemas para la reducción del consumo de agua potable.
Hay dos modalidades disponibles:
a través del área reservada en el sitio de la Agencia Tributaria, en la sección Servicios, categoría Beneficios, en el apartado Crédito de impuesto para la mejora del agua potable
enviando la comunicación previa preparación de un archivo conforme a las especificaciones técnicas presentes en la ficha informativa, a la Agencia Tributaria, utilizando el MODELO DE SOLICITUD y siguiendo la GUÍA y las especificaciones técnicas disponibles en el sitio de la Agencia Tributaria.


